viernes, 15 de abril de 2011

VISTA DE CAUSA EN EL ARRAIGO.

Según nuestro especialista consultado, nos explica esta situación procesal.

El Dr.Hugo Escalante, nos comenta:


Se pregona por algunos tribunales que el arraigo se tramita por la vía sumarísima, por lo que la ausencia de la audiencia de vista de causa ocasiona la nulidad de lo actuado, sosteniéndose, además, que el arraigo no tiene una tramitación propia.
Nada más equivocado, a mi criterio.

En efecto, cabe mencionar que el arraigo tiene una tramitación propia y que no es la del juicio sumarísimo.

El art. 331 establece claramente cuál es la tramitación que debe dársele a dicha excepción, siendo que el Código Procesal Civil sólo tiene tres incidentes con procesamiento propio: el arraigo (art.329, CPC), la declaratoria de pobreza (art. 332 CPC) y la llamada acumulación de autos (art. 340r, CPC).

Todos los demás salvo disposición en contrario de la ley (ver art. 222),tramitan por la vía del juicio sumarísimo (art. 423, CPC). (Ver Alvarado Velloso, criterio. A. "CPC de la Provincia de Santa Fe, Ed.Rubinzal-Culzoni, pág. 184)

Tal es la tesitura que debe primar y por ello, si el arraigo no tramita por via sumarísima, la audiencia de vista de causa no corresponde, ya que basta un simpletraslado a la contraria a los fines de que apreciando las pruebas pertinentes, proceda al desistimiento correspondiente (art.331 CPC) lo que equivaldrá a que las costas sean impuestas por su orden(art.331 in fine CPC). Además lo expuesto, abrevia en tiempo la tramitación de la excepción, lo que beneficia al proceso y desanima a aquéllos que pretenden alongar chicaneramente, el mismo.

Autor: Hubo B. Escalante

Fuente: publicado originalmente en El Adicional - Suplemento Jurídico

Fecha: 10/01/2003

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