viernes, 15 de abril de 2011

MUCHO CALOR EN TRIBUNALES (FUE SU ÚLTIMO ESCRITO ENVIADO A LA CARTA DE LECTORES DEL DIARIO LA CAPITAL)

En estos días agobiantes de intenso calor, el que tiene que concurrir por obligación al palacio de Tribunales encontrará que dentro de dicho "palacio" la temperatura es verdaderamente insoportable. Ello es así debido a que no se cuenta con un sistema de aire acondicionado que mitigue no sólo en estas épocas el calor intenso sino tampoco el frío en el invierno. Así recuerdo que hace muchos años un magistrado midió la temperatura exterior y la interior del edificio y comprobó que fuera del edificio el termómetro marcaba 4° y en el interior era de 4° pero bajo cero, y no alcanzaba a calentarse ni con todas las estufas prendidas. Y ello ocurre desde 1962, es decir, desde que se inauguró el edificio. También recuerdo que no hace mucho personal de la Ansés, del edificio ubicado en Rioja y Sarmiento, efectuó un paro de actividades porque la calefacción se había roto. Y aquí en pleno "palacio" nadie se queja porque las autoridades administrativas y judiciales ya han ganado la partida dejando en la estacada no sólo a los que allí trabajan (jueces, funcionarios y empleados) sino que también (lo que es más grave) a la numerosa concurrencia que diariamente padece el frío o el calor, según la época. Es decir, que se produce una inaceptable discriminación con el público. Algunos empleados, jueces y funcionarios cuentan con aire acondicionado, ya sea porque han sido provistos (algunos) o porque se procedió a comprarlos por parte del sufriente. Es hora de que esta situación deba cesar prontamente, sobre todo para el justiciable que debe "bancarse" a como sea (con criaturas y todo) la temperatura que exista en ese momento.

Autor: Dr.Hugo B. Escalante

Fecha: 29/12/2010

Fuente: http://www.lacapital.com.ar/ed_impresa/2010/12/edicion_789/contenidos/noticia_5530.html

ADVERTENCIA SOBRE COPYRIGHT: se permite su reproducción o republicación en cualquier medio, siempre y cuando se cite la fuente.

PARTICULARIDADES DEL LANZAMIENTO. (EN EL DESALOJO EN LA PROVINCIA DE SANTA FE).

El juicio de desalojo –cualquiera fuera su causal- culmina con un acto procesal denominado “lanzamiento”, que es el mas importante de todo el proceso.
¿ Por que decimos esto?. Porque es el que mas problemas origina y es quizás, el punto de partida de numerosos incidentes, inclusive, cuando el juicio se hubiese llevado con innumerables “chicanas” abogadiles.
Además, es harto conocido que algunos profesionales perciben de sus clientes que son demandados, sumas mensuales a los fines de tratar de entorpecer y alargar el juicio y el momento en que se efectúe el desahucio por obvias razones dinerarias.
Así es que se trata que el momento del lanzamiento se efectúe lo mas tarde posible y cuando no, en medio de desordenes en donde los medios tienen material de sobra para condenar, no solo al juez que ordeno la medida, sino que también, a los oficiales de justicia que intervienen en ella, los abogados de la actora y muchas veces, a la propia policía que ha intentado calmar los ánimos de los demandados, sus parientes, vecinos y amigos que han intentado mas de una vez, agredir a los primeros.
Tan compleja es la ejecución de la orden que inclusive ha sido necesario, en determinadas circunstancias, suspender la medida para otro día.
En determinadas oportunidades, y ya desde antigua data, se procede, justamente para no echar mas leña al fuego, a ordenarle a la parte actora que se haga cargo de la mudanza de los enseres a la nueva vivienda de los demandados y cuando no la tiene, proceder a pagarle un deposito donde se dejan los muebles, todo a cargo, reitero de la parte actora e inclusive, se ha llegado al caso de obligársele a abonar unos días de alojamiento al desahuciado.
Ahora bien; es todo esto justo ?. ¿ Es justo que la actora deba hacerse cargo de los referidos gastos porque solo ha cometido el pecado de tener una vivienda? ¿ Es justo que el pobre jubilado, dueño de una casa, quien ha alquilado para el solo efecto de agregarle una entrada dineraria más a su magro salario jubilatorio a los fines de llegar a fin de mes con sus gastos? ¿Es justo que si bien es cierto que el alquiler del deposito se ordena solamente por 30 días, muchas veces se ha prolongado “sine die” poniendo al dueño del inmueble en la posición de endeudarse para abonar esas mensualidades?
Me he contestado, muchas veces, que no.
En la actualidad, son varios los profesionales que se niegan a que sus clientes asuman tales gastos porque se aduce no poder abonarlos, además que estos deben necesariamente constituirse en depositarios de los muebles del desahuciado, lo que no pocos problemas les ha causado, como denuncias penales por supuestos hurtos de valores que se ha dicho que estaban en los muebles depositados.
Por consiguiente, no queda mas remedio que adoptar una postura firme en la emergencia, por lo que es recomendable que en casos en que no exista posibilidad alguna de depositar los bienes en depósitos, deberán ser dejados simplemente en la calle, sin inventario y sin responsabilidad alguna. Es innegable que el demandado ya sabia –porque lo sabe y bien que lo sabe- que al recibir la primera notificación de un juicio de desalojo existe la posibilidad clara –y muy clara- que deberá dejar la finca a corto plazo, por lo que es menester que empiece a buscar un lugar donde llevar sus muebles. Si no lo hizo, correrá con su suerte y bajo su responsabilidad.
En caso que la actora acepte hacerse cargo de los gastos referidos, deberá realizarse un inventario de los bienes en forma minuciosa y se intimara en dicho momento al demandado a que retire todos los efectos de valor que tuviese, so pena de no aceptarse a posteriori, responsabilidad alguna sobre su perdida o robo.
Otra cuestión que se invoca es la que los demandados son demasiados ancianos, desvalidos o enfermos para ser desalojados. La jurisprudencia es conteste en afirmar que la orden de lanzamiento no puede ser detenida por razones de edad, indigencia, enfermedad del desahuciado. Es decir, por mas que duela –y duele- la tarea del juez debe limitarse a su función especifica sin adentrarse en las obligaciones de un ministerio de bienestar social que excede a las funciones jurisdiccionales.
Además, es conveniente que un medico legista y una ambulancia se encuentren presente en estos casos a los fines de determinar si los demandados tienen posibilidades de deambular. De lo contrario, deberán ser conducidos a un establecimiento asistencial a los fines de su tratamiento.
Como se vera, el lanzamiento tiene varios condimentos, algunos delicados, que debe ser estimados convenientemente, tanto por actores como por el tribunal.
No debe olvidarse que el lanzamiento es la ejecución de la sentencia de desalojo y por ello, ya no cabe mas discusiones sobre cuestiones de fondo que podrían haberse planteado en tiempo oportuno. Además, debe recordarse que firme la sentencia de desalojo es irrecurrible la orden de lanzamiento, y que una solicitud de prórroga del desalojo, sólo prosperará en caso de asentimiento de la actora.
Con lo precedente, es innegable que además, el juzgador debe contar con una gran dosis de buena suerte para llevar a cabo la medida que hoy se comenta. Y ello, a veces, brilla por su ausencia...

Autor: Hubo B. Escalante

Fecha: 25/06/2007

ADVERTENCIA SOBRE COPYRIGHT: se permite su reproducción o republicación en cualquier medio, siempre y cuando se cite la fuente.

LA CREACION DE UNA 3RA. INSTANCIA.

(La denuncia ante la Cámara, Corte Suprema o penal).

Hace unos pocos días, recorriendo los mails recibidos, encontré uno proveniente de “30 Noticias” ( www.30noticias.com.ar) que me motivó a plantear éstas líneas y ante la situación general en los Tribunales.
En efecto; el mismo comienza expresando --(y bajo el título “Agenda-Historia Rosarinas” del 14.07.05) en un artículo intitulado “Abogados, leguleyos y chantas del Rosario antiguo” lo siguiente, --que me permito transcribir en sus párrafos iniciales ya que no tienen desperdicio alguno--.
“Cuando en el siglo XVI se expandió la conquista española en América, los reyes prohibieron que se embarcaran con destino a éstas tierras a los moros, judíos, gitanos, putas y....abogados.”
“Es que los abogados estaban mal vistos por la Corona por “ser urdidores de enredos y causantes de la ruina de los litigantes”. Muestra de tal desdén son las instrucciones recibidas por el Gobernador Pedro Arias de Avila, en las que se indica: “Que no vayan abogados a América y si van, que no litiguen”. Hasta aquí, parte del jugoso artículo que recomiendo leer despaciosamente en su totalidad...
Si tales conceptos los trasladásemos a nuestros días, creo sin hesitación alguna que se ajustan dichos conceptos a los que pueden tener Don Pedro o Doña Rosa (al decir de Neustad).
Es que (y aquí viene mi asombro) es el mismo concepto que desgraciadamente me está convenciendo (a pesar de la enorme lucha clandestina dentro de mí) de lo mismo. Me cuesta trabajo creer en lo que veo, observo y padezco diariamente de nuestros insignes profesionales del Derecho (o torcido?) que litigan.
Es que a la fecha se ha hecho constumbre inveterada que cualquier profesional (perdido en lo desconocido o ignoto en la actividad jurídica) utilice sin desparpajo alguno la denuncia ante la Càmara, la Corte Suprema o los Jueces penales, de supuestos errores jurídicos o delitos y muchísimas veces, porque simplemente han osado los jueces de 1ra. instancia resolver en contra del denunciante.
A ésta altura del año, el suscripto ha recopilado (en seis meses) nada menos que una denuncia ante la Cámara, dos ante la Corte y una penal ( y vaya a saber cuántas más de las que no me he enterado). Y sólo porque se ha fallado en contra o se ha sancionado al profesional por algún chancullo cometido, lo que me convence, en primer lugar que muchos profesionales del Derecho no tienen bandera, patria ni honor (y muchas veces lo ignoran), ya que juegan con la fama y el honor de magistrados y funcionarios y lo que es peor, la de su familia.
Qué ha quedado del respeto y prudencia necesarias que debe ostentar el profesional ?. Cierto es –desgraciadamente- que al decir del rumor de los pasillos, muchos de mis colegas magistrados merecerían ser premiados con un puntapié en salva sea la parte, pero existen mecanismos jurídicos –con debido fundamento, no lo que está ocurriendo ahora-- para defenestrarlos sin piedad. Muchos también --y esto es más lamentable-- respecto a mis colegas de la parte penal que utilizan a mansalva lo que puede denominarse el “ius cuerpeandi” bajo el pretexto de que se lo está utilizando con fines políticos. Quisiera saber qué trámite han tenido, por ejem., las denuncias remitidas para la investigación de la comisión de algún ilícito penal cursadas por los jueces civiles a sede penal. Pero así es el trabajo...Si no tienen lo que tienen que tener, que se vayan...Y pongan bajo buen resguardo a aquéllos que así actúan, porque bien decía Couture: “Cuando la política entra por la puerta de los Tribunales, la justicia sale por la ventana”.
Nuestro Código de Etica obliga a los jueces a una serie de obligaciones como ser “conciencia funcional”, “independencia”, “imparcialidad”, “conocimiento”, “dignidad y transparencia”, “decoro”, “honestidad”, “diligencia”, “lealtad y secreto profesional”, “responsabilidad institucional”, “afabilidad”, “buena fe”, “austeridad republicana”, “prudencia” y “fortaleza” ( v. “Código de Etica – Poder Judicial de la Pcia. de Santa Fe” -, editado por la Corte Suprema de Justicia en abril de 2002 –aprobado por Acordada de dicho órgano según acta nro,. 10 del 20.03.2002-) todo lo cuál si fuese también aplicado por los colegas profesionales en el trabajo diario (aunque sea en una pequeñísima parte), cuán distinta sería la praxis tribunalicia.
Pero desgraciadamente, no es así. Profesionales que intentan zancadillas jurídicas a los funcionarios y jueces, retiro de expedientes intentando no dejar recibo o si lo dejan, realizando el mismo en otra letra –para que no se lo encuentre- y sobre todas las cosas, mintiendo y sin importarle –vaya ser humano-- qué le puede pasar el secretario, porque cuando los superiores quieren hacerles marcar la “letra chica” de las tantas leyes, decretos y Acordadas emitidas, vaya si lo hacen...Y así estamos.
¿ Cómo parar esto? ¿ésta situación de locura en la que me hace añorar aquéllos no lejanos tiempos en que existía la caballerosidad entre los profesionales y sobre todo hacia el Tribunal? ¿Dónde se perdió todo eso?.
Lamentablemente, son todas preguntas que no puedo tener respuestas, quizás la tengan mis descendientes, aunque lo dudo. Argentina está así porque el sustracto humano está así o peor. Y costará muchísimo cambiar (y durante generaciones), sobre todo, porque hace falta decisión y vocación política para ello. Lo que no veo a la vista...
Y por otro lado, existen los llamados “comunicadores sociales” que sin pausa desprestigian las instituciones (entre ellas la justicia) sin entender absolutamente nada de lo que se trata. ¿Adónde van?. ¿Por el raiting?. Imbéciles. Sólo socavan los cimientos de la República...escupìendo para arriba....Si hasta atacan la feria judicial.... No saben que muchos magistrados, en estos momentos, utilizamos la misma para ponernos al día de la avalancha de expedientes a resolver, en un medio en que solamente un cuarto de los juzgados ( relacionados con la ciudad de Córdoba –valga el ejemplo-) emiten más sentencias que ellos?. Y los abogados aprovechan esos días no sólo para ponerse al día sino que también para diagramar sus actividades en el resto del año. Y no le vayan a hablar de un horario de atención de Tribunales hasta las 5 ó 6 de la tarde, porque lo primero que alegan para oponerse es que: ¿cuándo atienden sus bufetes?.
A veces envidio no tener la pluma e ingenio corrosivo de un Chiappini (me ayudará en ésta cruzada?) para desbrozar lentamente todas y cada una de las situaciones en las que se vive actualmente en Tribunales, en los que –extrañamente- (permítaseme la digresión) no existe bandera argentina alguna en los Despachos de los Jueces cuando cualquier poligrillo político la tiene. Se me dijo alguna vez que saldría muy caro. Es que puede medirse esto en razón del dinero? Un símbolo nacional?. No sé. Me causa escozor...
Hasta la próxima (la habrá?).


Autor: Hubo B. Escalante

Fecha: 01/08/2005

ADVERTENCIA SOBRE COPYRIGHT: se permite su reproducción o republicación en cualquier medio, siempre y cuando se cite la fuente.