viernes, 15 de abril de 2011

EL CARTEL DE PARE.

En la diaria tarea de tener que resolver cuestiones relativas a accidentes de tránsito, me he encontrado, más de una vez, a través de los años, y después de la sanción de la ley nacional 24449 y el Código de Tránsito de la Ciudad de Rosario, (Ord. 6543) con problemas de interpretación y cumplimiento – entre otros - del cartel de “PARE” tan poco conocido como igualmente de incumplido por la comunidad automovilística.
Recuerdo de cuando era adolescente y compré mi primer vehículo, el famoso cartel que hoy nos ocupa, ni siquiera existía en la consideración pública y mucho menos, en los responsables del tránsito de no sólo esta ciudad sino del país todo. Hablando en sencillo: nadie lo conocía.
Es de hacer notar que el anterior Código de Tránsito (Ord. 2802/81) establecía muy claramente y en forma sencilla y fácilmente ubicable, en su ítem 13.6.2.4 que la señal de “PARE” consistía en la obligatoriedad de detenerse antes de entrar a una carretera, camino o calle, debiendo el conductor que encuentra esta señal ceder siempre el paso.
Ahora la cuestión cambió radicalmente (nada que ver con al partido del mismo nombre). Y digo esto porque el actual Código, en forma directa, clara y sencilla, nada dice.
Podrá decirse con sorpresa: ¡Cómo es que nada dice! ¡Imposible!. Sin embargo, ello es así, porque para poder ubicar a la normativa sobre el bendito o dichoso cartel (como quiera adjetivársele) debe ojearse otras normativas.
Quiere decir, entonces, que hay que recorrer un camino interpretativo (largo) para llegar a lo mismo.
En efecto; cabe aclarar, en primer lugar, que la ley nacional 24449 establece que será ámbito de aplicación –la ley- la jurisdicción federal y que podrán adherir a la presente ley los gobiernos provinciales y municipales (art. 1).
En cumplimiento de ello, la ley provincial 11583 establece que se adhiere la provincia de Santa Fe a las disposiciones de la ley 24449, títulos I a VIII. (art.1), agregándose, seguidamente, en su art. 8 que se invita a las municipalidades y comunas de la provincia a adherir a los términos de la ley 11583.
A su turno, el código de tránsito de la ciudad de Rosario autoriza a concertar con las autoridades provinciales, de otras jurisdicciones, entes de coordinación, de planificación o de aplicación previstos por la ley nacional de tránsito nro. 24449 las medidas tendientes al efectivo cumplimiento del régimen en cuanto resulte al mejor cumplimiento de los objetivos del código, debiéndose preservar el poder reglamentario inherente al municipio en función de los intereses de la ciudad y sus habitantes y ninguna disposición debe alterar el espíritu del código debiéndose preservar su unicidad y garantizará la seguridad jurídica del ciudadano.
De consiguiente, la normativa sobre el tránsito juega en la ciudad de Rosario en primer lugar: el Código de Tránsito (Ord 6543) + Ley 24449 (y Decreto Reglamentario nro. 779/95) vehiculizada por la Ley provincial 11583 (y Decreto Reglamentario nro. 2311/99) + ordenanzas complementarias que regulen aspectos meramente locales vinculados al tránsito y al uso de la vía pública (Carrillo Bascary, Miguel, “Digesto del Tránsito Automotor de la Pcia. de Santa Fe”, Ed. FAS, 2000, pág. 26). Cabe recordar que el código de tránsito rosarino, se puso en vigencia antes que la ley provincial, ya que su decreto reglamentario (nro. 2311/99) se publicó mucho después.
Cabe referir que el decreto nro. 779/95, reglamentario de la ley nacional 24449, establece en su Anexo L el “SISTEMA DE SEÑALIZACION VIAL UNIFORME” donde en su Capítulo III denominado “Reglamentarias o Prescriptivas” describe las señales que se utilizarán en el tránsito, dentro de las cuales (por fin!) ubicamos al cartel de “PARE” explicándose su significado de la siguiente forma: “Indica la obligación de detener totalmente la marcha antes de la encrucijada, sin invadir la senda peatonal y recién luego avanzar, cuando no lo haga otro vehículo o peatón por la vía transversal".
Dicho articulado tiene vigencia en nuestra ciudad a raíz de que el Código de Tránsito de la Ciudad de Rosario, en su art. 18 dice que “La vía pública será señalizada y demarcada tendiendo a implementar el Sistema Uniforma regulado por el Anexo L del Decreto Nacional nro. 779/95 reglamentario de la Ley 24449...”, texto que se reitera en el decreto nro. 2311/99, reglamentario de la ley provincial nro. 11583.
Así las cosas, el que se interesa por éstos temas deberá contar con toda la legislación sobre tránsito, lo que no es poco analizando sistemáticamente dicha normativa en su conjunto.
Para concluir, cabe mencionar que el cartel de “PARE” significa, en primer lugar, DETENCION TOTAL del vehículo en la intersección en donde exista el cartel mencionado, detención que es obligatoria aunque NADIE CIRCULE POR LA TRANSVERSAL. Luego, puede avanzar cuando no observe la llegada de otro vehículo o peatón, dando privilegio a éste sobre el vehículo detenido. Estas sencillas reglas, es evidente a diario que muy pocos conductores la respetan. Se piensa generalizadamente que “aminorar” el vehículo en la intersección, sin detenerlo, es suficiente para cumplir la normativa. Ello no es así. Y más vale que no se cruce un peatón.
Lo que más me llamó la atención, que en un curso dictado por la Dirección de Tránsito, hace algún tiempo, al que tuve la suerte de poder observar, no se hace incapié sobre la explicación del cartel de “PARE” (al igual que otros temas, como por ejem., cuándo deben utilizarse las balizas, prioridad de la derecha, etc.) subrayándose la obligación de detención, error que es grave sobre todo, por quiénes son los encargados de dictarlo y el organismo que representan, lo que debería ser corregido.


Autor: Hubo B. Escalante


Fecha: 01/05/2005

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